A- de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Carlos Andres Ramirez Jaramillo·Demandado Batallon De Ingenieros Pedro Nel Ospina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de Jurisprudencia
- Lugar donde ocurrió amenaza o vulneración de derechos fundamentales o donde se produjeron sus efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Promiscuo de Familia de Aguachica y el Juzgado Primero Civil del Circuito de Oralidad de Bello.
La Corte recuerda que cuando varios despachos judiciales tienen competencia para conocer de la solicitud de amparo, los jueces o tribunales deben respetar la elección que haya efectuado el accionante.
Como quiera que en el presente caso el actor optó por presentar la solicitud de amparo ante el juez del municipio de Aguachica, lugar en donde se producen los presuntos efectos de la vulneración de sus derechos, considera la Sala que el despacho judicial de dicha entidad territorial es quien debe, a prevención, conocer el caso.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo de Familia de Aguachica, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo formulado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 8 de abril de 2016 del Juzgado Promiscuo de Familia de Aguachica dentro de la accion de tutela de Carlos Andres Ramirez Jaramillo en contra del Batallon de Ingenieros Ndeg 4 Pedro Nel Ospina.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2467 al Juzgado Promiscuo de Familia de Aguachica, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Oralidad de Bello, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.